miércoles, agosto 20, 2008

INICIA OBRA EN LA UPZ VERBENAL DE USAQUEN

Ver articulo en Comienzan obras en la calle 183 entre 7a. y 34; estará cerrada durante ocho meses

Foto: Jaiver Nieto / EL TIEMPO
En marzo de 2009 la calle 183 estrenará nuevos andenes.
Los trabajos tendrán un costo de 6.050 millones de pesos y ocasionarán el cierre total del corredor vial.
Esta, una de las vías más deterioradas de la localidad de Usaquén, en el norte de Bogotá, comenzará a ser intervenida por el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU).Esta vía, de siete metros de ancho y doble sentido de circulación, permite la comunicación entre la autopista Norte y la carrera 7a., y viceversa.
"Los trabajos que se realizarán consisten en la rehabilitación total de la vía en un área de 745 metros, lo cual exige excavaciones de hasta 1, 30 metros de profundidad para reemplazar la estructura existente por una totalmente nueva", señaló Liliana Pardo, directora del IDU.Las obras incluyen la renovación total de las redes de servicios públicos y la construcción de 1.300 metros cuadrados de andenes, con un ancho promedio de 1 a 2,50 metros.Debido a la complejidad de las obras, la vía será cerrada en su totalidad, lo que afectará la movilidad de los habitantes de los barrios San Antonio, Verbenal, el Codito, San Pedro, Mirandela, Rincón del Puente, Santa Maria, Maiba y Reserva del Cedro, que deberán tomar los desvíos autorizados por la Secretaría de Movilidad.Varios meses atrás, los residentes de estos barrios protagonizaron fuertes protestas por el pésimo estado de sus vías.Estas obras estarán a cargo del Consorcio ICEPAV, con la interventoría de HMV Ingenieros Ltda.
Pilas con los trancones
De acuerdo con el plan de tráfico aprobado, los vehículos que se desplazan en dirección oriente-occidente deberán ir hasta la calle 189 para seguir, a través de esta, al occidente, según la señalización instalada en el lugar.En lo que respecta a los vehículos de servicio público que se movilizan por la calle 183 en dirección occidente-oriente, al llegar a la carrera 16 deberán seguir por esta al norte, para tomar la calle 187 al oriente y seguir según las indicaciones de la señalización.El IDU les pidió paciencia a los conductores y peatones que utilizan diariamente esta importante vía.

ES IMPORTANTE QUE LA CIUDADANIA HAGA CONTROL SOCIAL A LAS OBRAS Y QUE NO DEJEMOS QUE EL IDU Y LOS CONTRATISTAS ABUSEN DE NUSTRO TIEMPO Y NUESTROS RECURSOS, YA ES HORA QUE ESTA UPZ TENGA LAS VIAS QUE SE MERECE Y QUE LAS AUTORIDADES LOCALES PIENSEN EN ELLA PORQUE DESAFORTUNADAMENTE HACE TIEMPO NO VEMOS LA INVERSION EN ESTA ZONA DEL NORTE
DENUNCIEMOS LAS ARBITRARIEDADES Y ABUSOS EN DICHO CONTRATO

miércoles, junio 18, 2008

ACCIONES EN PRO DE LA GENTE DE BIEN

Junio 11 de 2008
Lote y parque, el karma de los vecinos

Foto: Katya Chamié/ EL TIEMPO ZONA
Este lote está ubicado en la calle 186 con carrera 14, junto al conjunto Balmoral.
Nidos de ratas, malos olores, perros muertos e inseguridad son algunos de los problemas que viven los residentes de la urbanizaciòn Balmoral, en el norte de Bogotá.
Hay ratas que se meten por la tubería y por debajo de las puertas de los apartamentos, "parecen conejos" dijo una vecina.
Perros muertos que ocasionan malos olores "los entierran acá como si esto fuera un cementerio", aseguró otro residente.
"Un día amordazaron a nuestro celador y se metieron a robar", contó la administradora del conjunto Balmoral, ubicado en la calle 186 con carrera 14.
Estos son algunos de los problemas que tienen que soportar los residentes, además de ver gallinazos comiéndose los desperdicios y a los jóvenes metiendo vicio en el parque.
"Usted no se imagina la cantidad de moscas que se entran por las ventanas -dijo Diana Patricia Ramírez, propietaria de un apartamento-. Yo vivo en un primer piso y los olores por el lote son terribles. Por las noches tenemos que poner papel periódico para que las ratas no se metan !imagínese el peligro, yo tengo bebés!".
Esto no solo es una denuncia. Es cierto. EL TIEMPO ZONA visitó el parque, caminó por el lote y se encontró con que la urbanización conformada por 5 etapas que beneficia a más de 1.000 personas, padece el drama de vivir en estas condiciones.
Los problemas que no dejan dormirPor un lado, el lote ubicado al lado del conjunto Balmoral presenta inseguridad por las noches, es un nido de ratas, según los vecinos; la gente pasa y se orina, entierran perros muertos y además de todo está habitado por recicladores que tienen sus tugurios en el lugar.
"Yo llevo 17 años viviendo aquí y mis perros matan los ratones y espantan los ladrones, de aquí no nos movemos hasta que nos den soluciones", dijo Nohora Isabel Villamil, recicladora que vive en el lote.
Por otro lado, está el caso del parque público, que es del Distrito pero que está adentro del conjunto residencial. "Aquí llegan los muchachos a meter vicio, fuman marihuana, dejan tiradas botellas de trago y encendedores, y a veces en el rincón tienen relaciones sexuales", contó alarmado Horacio Estrada, presidente del consejo de la administración.
Ana Elvira Castellanos, administradora de la cuarta etapa del conjunto, dijo que "hace dos semanas este parque estaba en muy malas condiciones y que la misma comunidad se ha unido para podar el prado y para sembrar árboles".
Horacio, en conjunto con otros vecinos, lleva dos años pasando derechos de petición, querellas y cartas a la alcaldía local, a la Alcaldía Mayor, a la Defensoría del Pueblo y a otras entidades gubernamentales para que le den respuesta. "Nada que nos responden", dice mientras agita los papeles que conserva archivados en una carpeta.
Las peticionesEllos claman a una sola voz que el lote necesita un cerramiento porque es un basurero, hay invasión del espacio público, cantidad de desechos y desperdicios.
Y que al parque le hagan mantenimiento, que exista vigilancia, que instalen iluminación y que se lo donen a la comunidad porque por la misma inseguridad hay varios apartamentos que ya están a la venta. "La gente quiere salir corriendo, a nadie le gusta vivir en estas condiciones, además que nos cobraron el impuesto de valorización, no es justo", dijo Horacio.
EL TIEMPO ZONA contactó al subcomandante de la estación de policía de Usaquén, Miguel Castiblanco, quien ha estado al tanto de esta problemática y dijo que hace unos días se realizó una jornada de aseo y limpieza, que le entregó a toda la comunidad su celular para que ante cualquier anormalidad denuncien e hizo énfasis en que en la mayoría de los casos los que ingieren bebidas alcohólicas y estupefacientes son los hijos de los mismos propietarios.
"Queremos que los padres controlen a sus hijos, además hemos reforzado el patrullaje y el CAI de Verbenal está listo para atender sus solicitudes", comentó.
Por su parte, el director de salud pública del hospital de Usaquén, Miguel Ángel Tobón, dijo que cuando hay invasión de ratas se debe radicar una solicitud en la sede de salud pública del Hospital para hacer el diagnóstico y la fumigación del lote. "No es que no actuemos, dependemos del presupuesto", dijo el funcionario.
KATYA CHAMIÉREDACTORA EL TIEMPO ZONA

viernes, febrero 22, 2008

EL MOMENTO DE LOS SABIOS

LEY
No.2001
"POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECEN UNOS BENEFICIOS A LAS
PERSONAS ADULTAS MAYORES"
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTíCULO 1
2•
Objeto de la ley.
La presente ley tiene por objeto conceder a las
personas mayores de2 años beneficios para garantizar sus derechos a la educación,
a la recreación, a la salud y propiciar un mejoramiento en sus condiciones generales de
vida.
ARTíCULO 2
2•
Beneficiarios.
Podrán acceder a los beneficios consagrados en esta ley
los colombianos o extranjeros residentes en Colombia que hayan cumplido 62 años de
edad. Para acreditar su condición de persona maYO
r
de 62 años bastará con la
presentación de la cédula de ciudadanía o el documento legal que acredite tal condición
para los extranjeros.
Para las circunstancias en las cuales se requiera demostrar el nivel del Sisben, se
acreditará mediante certificación expedida por la autoridad competente.
CAPITULO I
Beneficios económicos
ARTíCULO 3
2•
Descuentos en espectáculos.
Las personas mayores de 62 años,
gozarán de un descuento del cincuenta por ciento (50 %) en la boletería para
espectáculos
públicos, culturales, deportivos,
artísticos y recreacionales
que se
celebren en escenarios que pertenezcan a la Nación o a las entidades territoriales.
Podrá limitarse por parte de los empresarios de dichos espectáculos, el número de
boletería con este beneficio siempre y cuando se garantice un mínimo del siete por
ciento (7%) de la boletería expedida para el cumplimiento de lo dispuesto en este
artículo.
ARTíCULO 4
2•
Descuentos en Instituciones educativas.
Las personas mayores de
62 años, tendrán derecho a un descuento del cincuenta por ciento (50%) en el costo de
la matrícula en instituciones oficiales de educación superior cuando decidan adelantar
estudios en dichas instituciones.
CAPITULO
11
Tarifa diferencial
ARTíCULO 52.
Transporte público.
Los sistemas de servicio de transporte público
masivo urbano de pasajeros, establecerán una tarifa diferencial para las personas
mayores de 62 años, inferior a la tarifa ordinaria.
La tarifa diferencial con sus ajustes, deberá quedar prevista
y
regulada en los contratos
de concesión que se celebren con las empresas operadoras del Sistema a partir de la
entrada en vigencia de la presente ley.
Page 2
ARTíCULO
6S!.
Operadores de turismo. Las Entidades y Empresas que reciban
recursos del Estado para desarrollar actividades de hotelería y turismo o que se
beneficien de exenciones tributarias, deberán establecer con destino a las personas
mayores de 62 años, tarifas diferenciales con descuentos en los servicios que ofrezcan.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo reglamentará lo señalado en este
artículo.
ARTíCULO
7S!.
Sitios turísticos. Los sitios de interés turístico de acceso permitido al
público que sean de propiedad del Estado, deberán establecer una tarifa diferencial que
otorgue un descuento no menor del cincuenta por ciento (50%) sobre el valor de las
tarifas de ingreso a ellos, para las personas mayores de 62 años.
CAPITULO 111
Otros beneficios
ARTíCULO
8S!.
Entrada gratuita. Los museos, bienes de interés cultural de la Nación,
Distritos y Municipios, y centros culturales, permitirán el ingreso gratuito a sus
instalaciones a las personas mayores de 62 años, cuando su detinación sea atender o
recibir público.
ARTíCULO
9S!.
Ventanilla preferencial. Las entidades públicas que tengan servicio de
atención al público, deberán establecer dentro de los seis (6) meses siguientes a la
promulgación de la presente ley, una ventanilla preferencial para la atención a las
personas mayores de 62 años con el fin de facilitar y agilizar las gestiones que realicen.
ARTíCULO
1
OS!.
Asientos preferenciales. Las empresas de transporte público
urbano, a las que se les permita el transporte de pasajeros de pie, deberán contar en
cada una de sus unidades con asientos destinados para el uso de las personas
mayores de 62 años, las cuales deben estar debidamente señalizados.
Las autoridades de transporte en cada municipio y distrito vigilarán el cumplimiento de
lo dispuesto en el presente artículo.
ARTíCULO 11S!. Consultorios jurídicos. Los consultorios jurídicos de las Facultades
de Derecho deberán dar prioridad a la atención de consultas y solicitudes efectuadas
por personas mayores de 62 años.
ARTíCULO 12S!. Consultas médicas. Sin perjuicio de los derechos que les asisten a
los niños y a las niñas, las Empresas Promotoras de Salud deberán asignar los
servicios de consulta externa médica, odontológica y por médico especialista y apoyos
diagnósticos a los afiliados mayores de 62 años dentro de las 48 horas siguientes a la
solicitud por parte de estos.
ARTíCULO 13S!. Fórmula de medicamentos. Cuando la Entidad Promotora de Salud
no suministre de manera inmediata los medicamentos formulados que estén incluidos
en el Plan Obligatorio de Salud a las personas mayores de 62 años, deberá garantizar
su entrega en el domicilio del afiliado dentro de las 72 horas siguientes, salvo si esta es
de extrema urgencia a la solicitud por parte de este.
Parágrafo. La Superintendencia Nacional de Salud vigilará el cumplimiento de las
disposiciones establecidas en los artículos
12
y
13
e impondrá las sanciones a que
haya lugar de conformidad con el ámbito de sus competencias.
ARTíCULO 14S!. Los artículos 3
2,
4
2, 52,
6
2,
7
2,
8
2
se aplicarán para las personas
mayores de sesenta y dos (62) años de edad que se encuentren clasificados en los
niveles I o 11del Sistema de Identificación de Beneficiarios, Sisben.
Page 3
ARTíCULO 15
2•
Acceso
a
la Educación Superior en Colombia.
En ningún caso la
edad podrá ser tenida en cuenta como criterio para definir el acceso a las instituciones
de educación superior del país.
ARTíCULO 16
2,
El inciso 1
0
del artículo 52 de la Ley 700 del 2001 quedará así:
"Artículo 52. Para hacer efectivo el cobro de las mesadas, los pensionados pOdrán
acercarse a la entidad financiera en que tengan su cuenta corriente o de ahorros
cualquier día del mes, una vez esta se haya consignado y el cobro se podrá realizar en
cualquier ventanilla de la entidad financiera sin excepción.
La Superintendencia
Financiera conforme a sus competencias, vigilará el cumplimiento de lo aquí dispuesto
e impondrá las sanciones del caso cuando a ello hubiere lugar.
ARTíCULO 17
2•
La presente ley rige a partir de su promulgación.
El PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE lA REPUBLlCA
El SECRETARIO GE
/
STAÑEDA
DEL HONORABLE SENADO DE lA REPUBLlCA
El PRESIDENTE DE lA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES
El
SECRETARIO
GENERAL
DE
lA
HONORABLE
CAMARA
DE
REPRESENTANTES
Page 4
LEY No.
1171
"POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECEN UNOS BENEFICIOS A LAS
PERSONAS ADULTAS MAYORES"
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLíQUESE y EJECÚTESE
Dada en Bogotá,
D.C.,
a los
J
OIC
2007
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EL MINISTRO DE LA PROTECCiÓN SOCIAL,
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DIEGO PALACIÓ BETANCOURT

martes, enero 29, 2008

LA CITA ES ESTE 4 DE FEBRERO

ES IMPORTANTE RECHAZAR A LAS FARC Y APOYAR LAS FAMILIAS Y LOS SECUESTRADOS